EL 17/09/24 SE RECONOCE LA ABSOLUTA A ENFERMA DE COVID PERSISTENTE
La sentencia dictada el 17/09/24 por el TSJ de Asturias reconoce una incapacidad permanente absoluta a una contable que padece covid persistente. La demandante padeció
El pasado 30 de septiembre de 2024, el Juzgado de lo Social nº 2 de Palma de Mallorca dictó sentencia por la que estimó íntegramente la demanda interpuesta por el abogado Enric Molina, declarando a una clienta del despacho MOLINA ADVOCATS en situación de Incapacidad Permanente Absoluta, con derecho a percibir el 100% de su base reguladora de 3.457,64€.
La Jueza advierte en la sentencia que el criterio para llevar a cabo la valoración de una posible capacidad laboral residual en la persona trabajadora debe atender a las limitaciones funcionales derivadas de las dolencias sufridas por esta, sin que sea posible exigir al trabajador un verdadero afán de sacrificio, ni sea exigible al empresario un grado intenso de tolerancia de la situación imperante.
En este sentido, la Jueza razona que las enfermedades que padece la demandante: Encefalomielitis miálgica post-Covid 19, Fatiga crónica, Artromialgias y Migraña crónica, entre otras, suponen una evidente limitación en el desarrollo de cualquier actividad laboral, por liviana o sedentaria que esta sea, siendo que así lo demuestra el conjunto de actividad probatoria practicada. En este sentido, manifiesta que “la actora no solo está imposibilitada para desempeñar la que ha venido siendo su profesión habitual de especialista de contabilidad, sino que tampoco puede llevar a cabo ninguna otra profesión u oficio, por liviana que sea, con un rendimiento económico aceptable y con un mínimo de decoro y eficacia, ya que al estar su rendimiento cognitivo afectado, su capacidad para llevar a cabo tareas sedentarias que exijan habilidades cognitivas preservadas también está disminuida, y en segundo lugar porque las dificultades de movilidad que padece, sumadas a la fatiga intensa y crónica, determinan la imposibilidad de la actora de poder realizar una profesión u oficio de forma digna y adecuada, con sometimiento a los requerimientos y exigencias que todo trabajo conlleva”.
Con la sentencia referida se demuestra los enfermos de Covid Persistente que pueden demostrar limitaciones funcionales graves, pueden obtener una pensión de incapacidad permanente.
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